Legal · Corretaje
Divulgaciones E&O
1. Propósito de Esta Página
Esta página resume el entendimiento de trabajo entre Heuston's Insurance Services LLC y los clientes y prospectos que nos contratan. Existe para que la relación corredor-cliente quede documentada en lenguaje sencillo: lo que hacemos, lo que no hacemos y dónde se trazan las líneas entre nuestro rol y el rol de la compañía, el asegurado y otros asesores profesionales.
Nada en esta página modifica los términos de ninguna póliza de seguro. La póliza tal como se emite, junto con la ley aplicable, prevalece.
2. Nuestro Rol como Corredor
Heuston's Insurance Services LLC opera como un corredor de seguros comerciales independiente. En cada colocación, trabajamos para identificar compañías apropiadas, preparar y enviar solicitudes, presentar las propuestas disponibles, explicar la cobertura en lenguaje sencillo y contratar (bind) la cobertura cuando estamos autorizados para hacerlo. Actuamos en nombre del asegurado al colocar la cobertura; no somos empleados, agentes ni representantes de ninguna compañía de seguros en particular.
La contratación corredor-cliente se establece cuando ambas partes acuerdan mutuamente contratar. Enviar una consulta a través del sitio web, presentar una solicitud o recibir una propuesta no crea, por sí solo, una contratación vinculante.
3. No Hay Cobertura Hasta Contratarla (Bound)
Si necesita que la cobertura esté en vigor para una fecha específica, comuníquenos ese requisito por escrito y confirme su recepción. Si no recibe confirmación por escrito de que la cobertura se ha contratado (bound) con vigencia igual o anterior a la fecha que requiere, asuma que la cobertura no está en vigor y contáctenos de inmediato.
4. Las Descripciones de Cobertura Son Generales
En todo el sitio web, en las propuestas y en la correspondencia habitual, describimos las coberturas en lenguaje sencillo para facilitar la comprensión. Estas descripciones son resúmenes generales. La cobertura específica en cualquier reclamo dado se rige por:
- La póliza tal como se emite, incluyendo las declaraciones, el formulario de la póliza, todos los endosos y cualquier anexo (schedule)
- La ley de seguros aplicable en la jurisdicción donde se ajusta el reclamo
- Los hechos específicos del reclamo
Las referencias en el sitio web a formularios ISO (como CG 00 01, CA 00 01, CP 00 10), a regulaciones de la FMCSA (49 CFR §§390–399) o a estatutos estatales son ilustrativas. Las ediciones de los formularios y los estatutos cambian. Los formularios realmente adjuntos a su póliza, en las ediciones emitidas, son los que prevalecen.
5. Líneas de Excedentes y No Admitidas
Para riesgos que el mercado estándar (admitido) rechaza o no puede tarifar adecuadamente, podemos colocar la cobertura con una compañía de líneas de excedentes (surplus lines / no admitida). Las colocaciones de líneas de excedentes implican diferencias importantes:
- La compañía no está licenciada en su estado de la misma manera que una compañía admitida. La compañía está aprobada o es "elegible" para suscribir líneas de excedentes, pero se regula de manera diferente.
- El fondo de garantía estatal por lo general no protege las pólizas de líneas de excedentes. Si una compañía de líneas de excedentes se declara insolvente, la asociación de garantía estatal generalmente no pagará los reclamos, y el asegurado puede no tener recuperación alguna del fondo de garantía.
- Se aplican impuestos de líneas de excedentes y cargos de la oficina de sellado (stamping office) además de la prima, de acuerdo con la ley de líneas de excedentes de cada estado.
- El lenguaje del formulario no está estandarizado. Las redacciones tipo manuscrito (manuscript) son comunes. La cobertura y las exclusiones varían de manera material entre las compañías de líneas de excedentes y no siempre son comparables con los formularios admitidos.
Cuando se recomienda una colocación de líneas de excedentes, proporcionamos las divulgaciones requeridas por N.J.S.A. 17:22-6.40 y siguientes (la Ley de Seguros de Líneas de Excedentes de Nueva Jersey) y las leyes equivalentes en otros estados donde estamos licenciados. Se le pedirá que reconozca la divulgación de líneas de excedentes por escrito antes de contratar (binding).
6. Certificados de Seguro
Un certificado de seguro es un documento resumen. No es la póliza y no modifica la póliza. Los certificados se emiten con fines informativos para confirmar que la cobertura estaba en vigor a la fecha indicada. Específicamente:
- Un certificado no extiende la cobertura a un tenedor (holder), a un asegurado adicional ni a ninguna otra parte — la cobertura se extiende (si acaso) mediante endoso a la póliza
- Un certificado no crea derechos para el tenedor frente a la compañía ni al corredor
- Las obligaciones de notificación de la compañía hacia los tenedores de certificados se rigen por la póliza y la ley aplicable, no por el lenguaje impreso en el certificado
Si un contrato que usted ha firmado requiere endosos específicos (asegurado adicional, primario y no contributorio, renuncia a la subrogación, notificación de cancelación), díganoslo por escrito y proporcione el lenguaje del contrato. Trabajaremos para obtener esos endosos donde el aseguramiento de la compañía lo permita. Los endosos están sujetos a la aceptación de la compañía y pueden conllevar prima adicional.
7. Nuestro Rol ante un Reclamo
Nuestro rol al momento de un reclamo es facilitar. Ayudaremos a reportar el reclamo a la compañía, transmitir la documentación y abogar por los intereses del asegurado en el proceso de reclamos en la medida apropiada para un corredor.
Los plazos de reporte los establece la póliza. El reporte tardío puede perjudicar la investigación de la compañía y, según la póliza y la ley aplicable, puede afectar la cobertura. Reporte los reclamos y las circunstancias que puedan dar lugar a un reclamo tan pronto como tenga conocimiento de ellos.
8. Información Material y Tergiversación
Las solicitudes y presentaciones de seguros piden información que es material para la decisión de la compañía de emitir cobertura y tarifarla. El asegurado es responsable de la exactitud e integridad de la información proporcionada. Ejemplos de información que normalmente se considera material:
- Las operaciones que realmente se realizan en cada ubicación, incluyendo cualquier operación no divulgada previamente
- El historial de pérdidas y los reclamos anteriores
- Vehículos, conductores, registros de MVR y estado de cumplimiento del DOT (cuando corresponda)
- Subcontratistas utilizados y contratos vigentes
- Cancelaciones, no renovaciones o rechazos de cobertura anteriores
- Cambios materiales entre renovaciones (nuevas ubicaciones, nuevas operaciones, nuevos vehículos, nuevas entidades)
La tergiversación material en relación con una solicitud puede anular la cobertura y puede tener consecuencias bajo N.J.S.A. 17:33A y siguientes (la Ley de Prevención del Fraude de Seguros de Nueva Jersey) y estatutos equivalentes en otras jurisdicciones. Si tiene conocimiento de que la información proporcionada previamente es incorrecta o incompleta, díganoslo por escrito tan pronto como sea posible.
9. Suficiencia de Límites y Brechas de Cobertura
La selección de los límites de la póliza, los deducibles y el alcance de las coberturas contratadas es decisión del asegurado. Proporcionaremos opciones, explicaremos las ventajas y desventajas y haremos recomendaciones cuando corresponda. Identificaremos las brechas que observemos. Sin embargo:
- La suficiencia de los límites depende de hechos que el asegurado conoce mejor — el tamaño de las operaciones, los contratos vigentes, los valores de los activos, las obligaciones contractuales de indemnización y la tolerancia al riesgo
- No podemos garantizar que cualquier límite contratado sea suficiente para una pérdida en particular
- La cobertura contratada es la cobertura que responde; la cobertura rechazada o excluida por el asegurado no responde independientemente de la circunstancia
Cuando recomendamos un límite más alto, una colocación separada o un endoso adicional y el asegurado lo rechaza, solicitamos el rechazo por escrito. Esto protege a ambas partes y crea un registro claro de la decisión de cobertura.
10. Renovación y Cambios a Mitad del Período
La renovación no es automática. Cada renovación es una nueva decisión de aseguramiento por parte de la compañía y una nueva decisión de cobertura por parte del asegurado. Las compañías pueden no renovar, cambiar los términos, aumentar la prima o restringir la cobertura en la renovación. Trabajaremos para identificar alternativas cuando los términos de renovación sean desfavorables, pero no podemos garantizar una renovación con términos ni precios específicos.
Los cambios a mitad del período (adiciones o eliminaciones de vehículos, cambios de ubicación, cambios de asegurado nombrado, ajustes de cobertura) requieren la aprobación de la compañía y un endoso. Díganoslo por escrito tan pronto como ocurra un cambio. La cobertura no se extiende automáticamente a nuevas exposiciones.
11. Pago de la Prima
Los términos de pago de la prima los establece la compañía o la empresa de financiamiento de primas. La falta de pago puede resultar en la cancelación bajo las disposiciones de cancelación de la póliza y la ley estatal aplicable. La cancelación por falta de pago puede entrar en vigor con un aviso más corto que otros tipos de cancelación. El asegurado sigue siendo responsable de la prima devengada hasta la fecha de cancelación, independientemente de si se usó la cobertura.
Cuando se utiliza una empresa de financiamiento de primas, el acuerdo de financiamiento es un contrato separado entre el asegurado y la empresa de financiamiento. El acuerdo de financiamiento puede otorgar a la empresa de financiamiento el derecho de cancelar la póliza en nombre del asegurado por la falta de pago de las cuotas de financiamiento.
12. Información Regulatoria
Heuston's Insurance Services LLC posee licencias de productor de seguros en:
- Nueva Jersey — licencia mantenida de acuerdo con N.J.S.A. 17:22A-26 y siguientes y N.J.A.C. 11:17
- Pensilvania — licencia mantenida de acuerdo con 40 P.S. §310.1 y siguientes
- Nueva York — licencia mantenida de acuerdo con N.Y. Ins. Law §2101 y siguientes
- Islas Vírgenes de EE. UU. — productor licenciado
Los números de licencia específicos están disponibles a solicitud. Las quejas relativas a los productores de seguros las gestiona el regulador de seguros del estado donde ocurrió la conducta. Para Nueva Jersey, ese es el Departamento de Banca y Seguros de Nueva Jersey (New Jersey Department of Banking and Insurance).
13. Contacto
Preguntas sobre esta página, o sobre una situación de cobertura específica:
Heuston's Insurance Services LLC
Tom Heuston, Propietario
Tuckerton, Nueva Jersey
Teléfono: 609-812-1962
Correo electrónico: info@heustons.com